Viajar y acampar a caballo es una experiencia única que te conecta con la naturaleza y la tradición ecuestre. Sin embargo, para disfrutar de la acampada libre de forma segura y en pleno cumplimiento de la normativa, es esencial conocer los conceptos, las diferencias y la regulación vigente en cada territorio. En esta página encontrarás toda la información necesaria para planificar tus escapadas, conocer tus derechos y obligaciones y evitar sanciones.
Antes de adentrarnos en la normativa, es importante aclarar algunos términos clave que se utilizan en el ámbito de la acampada:
Se denomina acampada la ctividad humana que consiste en colocar una vivienda de manera temporal, ya sea portátil o improvisada, en un lugar con el fin de habitarlo durante un periodo corto.
Se entiende como pernoctar pasar la noche en un lugar determinado, especialmente fuera del domicilio, en un refugio o estructura.
La diferencia principal con la acampada es que el fin es pasar la noche y no establecerse temporalmente.
Hac er vivac o vivaquear consiste en pasar la noche al raso, sin disponer de ninguna estructura que ofrezca resguardo, utilizando únicamente elementos básicos como un saco de dormir o esterilla.
La principal diferencia entre acampada y pernocta radica en el fin: mientras la acampada se orienta a habitar temporalmente un lugar, la pernocta se centra en pasar la noche sin establecer un campamento completo. El vivac se considera una modalidad de pernocta sin estructura, y el campamento de turismo representa la opción regulada y autorizada para acampar.
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